La juez aplica la doctrina del Tribunal Supremo de julio que permite que los créditos
públicos pendientes se incluyan en los casos de segunda oportunidad.
Un trabajador autónomo oscense ha sido uno de los primeros beneficiados con la doctrina del Tribunal Supremo que permite incluir deuda pública en la llamada segunda oportunidad, que se puede solicitar en los concursos de acreedores. Su negocio, del sector servicios, quebró y acudió a una mediación para negociar con los acreedores, que no funcionó. Ello le llevó a terminar solicitando la declaración de concurso voluntario al juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca.
El proceso concluyó por insuficiencia de la masa activa, ya que no tenía patrimonio su&ciente para pagar sus deudas. Debía unos 160.000 euros a sus acreedores, principalmente bancos y la Administración Pública, de los que unos 50.000 correspondían a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Con la aplicación de la segunda oportunidad o como se denomina en la ley concursal, del «beneficio de exoneración de pasivo insatisfecho», se le ha ‘perdonado’ además del 100% de la deuda ‘privada’, en su mayoría con bancos, casi el 70% de la deuda ‘pública’, incluida la que tenía con la TGSS.
Fuente: Heraldo de Aragón (ver noticia).